jueves, 17 de diciembre de 2020

El dia después tras el COVID 19

Primera parte: Trabajadores y autónomos

El estado de alarma ha provocado el cierre de muchos establecimientos y negocios cuya actividad ha quedado paralizada. Con la desescalada se abre la  posibilidad de apertura e incorporación de trabajadores y autónomos a su negocio. 

A continuación explicaremos algunos de los principales retos que nos vamos a encontrar en aquellas materias en las que podemos ayudarte:

1) NO PUEDO PAGAR EL ALQUILER DE MI LOCAL DE NEGOCIO

Se han regulado por el Gobierno la posibilidad de acudir a una petición de moratorias al arrendador. Pero además, lograr una solución consensuada puede ser la mejor alternativa, puesto que concurren con el alquiler del local de negocio otros muchos pagos y gastos derivados de la explotación que habrán de ser atendidos por el empresario, y cuyo impago puede haber surgido derivado de la situación de COVID 19. Es por ello que se hace necesario un estudio global del problema, que permita aportar soluciones a corto plazo. Un remedio puede ser ACUDIR A UN PROCESO EXTRACONCURSAL, para conseguir una NEGOCIACIÓN CON LOS ACREEDORES, y blindar tu negocio frente a posibles ejecuciones o embargos.

Desde nuestra experiencia, te aconsejaremos para optar por la vía más idónea para la nueva puesta en marcha de tu negocio.

 

2) MI NEGOCIO NO TIENE LIQUIDEZ, ¿DEBO PRESENTAR CONCURSO DE ACREEDORES?

La normativa aprobada permite demorar la obligación de presentar concurso de acreedores hasta el día 31/12/2020 en caso de iliquidez. Ello no significa que demorar la presentación del concurso sea la mejor solución, pues tomar decisiones ahora puede significar la diferencia entre salvar tu empresa, o abocarla al cierre total. Si los ingresos han mermado, y no se tiene previsión a corto plazo de poder reflotar la empresa, sino al contrario, de que se sigan acumulando deudas, este incremento en los pasivos de la empresa puede perjudicar la posibilidad de RENEGOCIAR las deudas con tus acreedores, y afectar a los activos de los que ahora dispones.

Será preciso un estudio de tu caso individualizado para poder optar por la mejor solución.

 

3) QUÉ ES LA SEGUNDA OPORTUNIDAD. ¿POR QUÉ ME PUEDE INTERESAR?

El proceso de segunda oportunidad es un remedio legal que permite que autónomos, empresarios y particulares puedan continuar con su día a día, pero sus deudas serán englobadas en un proceso de negociación extrajudicial, y posterior proceso judicial, en su caso, de tal modo que: O bien se consigue rebajar las deudas (quitas) y negociar su pago aplazado  (esperas); o bien un juez decide si procede su cancelación total o parcial. Una de las medidas aprobadas por el Gobierno por el COVID 19 sobre esta materia ha sido la posibilidad de que el proceso se agilice en la primera vía (acuerdo extrajudicial de pagos en vía notarial), de tal modo que si tras dos posibles designaciones de mediador concursal, no hay ninguna aceptación, el proceso sigue en vía judicial. Es decir, se acortan los plazos para su tramitación y resolución. Hemos conseguido ayudar a nuestros clientes a obtener su liberación de deudas (BEPI = Beneficio de Exoneración de Pasivo Insatisfecho), y ahora podemos ayudarte a que tú también lo consigas.  

Segunda parte: Familias y particulares

Así mismo, muchas familias y particulares vuelven a su día a día, pero en un panorama totalmente distinto al mes de Marzo de 2020.

1) PROBLEMÁTICA DE PAGOS FINANCIADOS:

¿Qué hacemos con las cuotas de gimnasios, colegios y centros de de formación, o dentista, o agencia de viajes con pagos a plazos financiados de cuyos servicios no hemos disfrutado por el COVID 19 pero que siguen devengándonos cuotas? Es posible una solución legal mediante la solicitud al proveedor de servicios de que acepte una rebaja de cuota e incluso una cancelación del contrato por el COVID 19 y se vea abocado a la reintegración de las cantidades ya abonadas por servicios no disfrutados.

2) DISMINUCIÓN DE SALARIO POR ERTE O DESPIDO:

¿ Es posible una modificación de la pensión de alimentos como consecuencia de la disminución de ingresos en este periodo? Efectivamente, con motivo del COVID 19 se ha regulado un procedimiento más ágil y de rápida tramitación en los juzgados de familia para poder modificar las pensiones de alimentos a abonar por el cambio de circunstancias respecto de los convenios ya pactados entre la ex pareja.

3) DEUDAS Y SOBREENDEUDAMIENTO:

¿ Qué puedo hacer si no puedo pagar el alquiler, el préstamo que pedí para comprar mi vehículo, y/o otros préstamos personales? Las reformas legales de aplicación temporal aprobadas por el Gobierno han aportado soluciones puntuales en casos de arrendamientos con grandes tenedores, y de forma más restringida, con pequeños arrendadores. Sin embargo, cuando las deudas se acumulan por diversos motivos (alquiler, suministros, préstamos, cuotas financiadas, etc...) el remedio y la solución más efectiva será acudir a un proceso de SEGUNDA OPORTUNIDAD, para obtener una mayor protección legal y poder atravesar esta situación liberándote de gran parte de tus deudas. Si estás atravesando alguna de las dificultades o situaciones mencionadas llámanos y buscaremos el remedio legal más rápido y efectivo para tu caso.

 

¿Dónde estamos? 

C/ Mallorca Nº 23 Calafell 43820 (Tarragona).

Teléfono/Whatsapp: 633 417 493 


ÁREAS DE ACTUACIÓN: El Vendrell, Calafell, Cunit, Cubelles, Vilanova i la Geltrú, Vilafranca del Penedés, Tarragona, Cambrills, Roda de Bara, Creixell, Torredembarra. Consultar por otras ubicaciones cercanas.
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